Lo primero que debes saber cuando decides hacer caravaning es dónde puedes pernoctar con autocaravana. Gracias a ello podrás disfrutar de tu aventura sin miedo a ser sancionado.
Las multas por saltarse la normativa sobre estacionamiento de autocaravanas no son precisamente bajas. Así las cosas, conviene tener muy claro cuáles son tus derechos y obligaciones en materia de pernocta. Quédate con nosotros para aclarar todas tus dudas al respecto.
¿Es lo mismo acampar que pernoctar con autocaravana?
El primer lío que debes resolver como caravanista para saber dónde y cómo pernoctar con autocaravana está relacionado con la terminología. Ciertamente, existe gran confusión al respecto y todavía hay muchas personas que no se aclaran.
- Circular: se refiere a la conducción de tu autocaravana o camper por carreteras y vías públicas. Aquí no existen especialidades con respecto al resto de vehículos.
- Aparcar: significa estacionar la autocaravana en una plaza de aparcamiento habilitada para ello. No implica necesariamente que los usuarios se queden dentro del vehículo y/o que sea por la noche.
- Acampar: comprende toda acción que implique ocupar un espacio que vaya más allá de los límites de tu autocaravana (p.ej: sacar toldo o sillas). Solo puede hacerse en lugares donde expresamente se permita (p.ej: campings).
- Pernoctar: conlleva no solo aparcar la autocaravana sino también quedarse en su interior con el fin de pasar la noche. No incluye necesariamente la acampada. Se permite conforme a los términos que vamos a ver a continuación.
¿Qué dice la legislación sobre la pernocta en autocaravanas?
El segundo problema que debemos resolver como caravanistas es la maraña normativa que existe en nuestro país. Verdaderamente, las distintas disposiciones que hay al respecto pueden llevar a confusión a más de uno acerca de lo que se puede hacer y lo que no.
Pernoctar con autocaravana en España: antes y ahora
La norma que regulaba la pernocta en autocaravanas venía siendo la Instrucción de la DGT 08/V-74. Según ella, estos vehículos pueden estacionar en los mismos términos que lo hacen los turismos, salvo que existan razones objetivas para limitar este derecho. Con esto se suavizaba el polémico artículo 93 (que dejaba en manos de cada ayuntamiento la potestad de regular el estacionamiento en la vía pública).
Lamentablemente, la situación ha dado un nuevo giro de tuerca con el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre. Esta norma vuelve a dar a los consistorios el poder absoluto de regular el uso de las vías urbanas. Consecuentemente, las prohibiciones y sanciones vuelven a ser 100% legales y ya no necesitan depender de razones objetivas que las justifiquen.
Entonces, ¿se puede o no se puede pernoctar con autocaravana?
- En principio, tienes derecho a estacionar en la vía pública para pasar la noche dentro de tu autocaravana.
- No obstante lo anterior y según la legislación actual, Cada municipio es libre de restringir ese derecho a pernoctar con autocaravana. Por ello, resulta altamente aconsejable curarse en salud y revisar las señalizaciones antes de aparcar.
- Ten muy presente que la pernocta no incluye la acampada. De hecho, se prohíbe acampar en la vía pública; Esto abarca extralimitarse del perímetro de tu vehículo y realizar cualquier tipo de emisión molesta (p.ej: ruidos, humos, vertido de aguas, etc.).
En resumen, puedes pernoctar sin acampar en la vía pública, salvo que se prohíba en alguna ordenanza municipal . Por su parte, la acampada tan solo se admite en aquellos lugares expresamente habilitados para ello: campings y algunas áreas AC (generalmente privadas).
¡Mucho ojo con estas salvedades!
- Normativa medioambiental: la gran mayoría de los espacios naturales protegidos prohíben pernoctar con autocaravana (aunque permitan el aparcamiento diurno). Asimismo, la Ley de Costas prohíbe circular, estacionar, acampar o pernoctar en las áreas de influencia marítimo-terrestre (20 m en zona urbana y 100 m en área rústica contados desde la orilla); Tal sería el caso del Cabo de Gata y de los lagos de Sanabria o de Covadonga.
- Legislación extranjera: aquí nos hemos referido a la normativa española, pero si piensas salir con tu autocaravana más allá de nuestras fronteras, conviene que te informes sobre cómo está la situación en ese país. Lamentablemente, las normas europeas son muy heterogéneas al respecto (p.ej: los países escandinavos son muy permisivos, mientras que Portugal es bastante restrictiva).
¿Cuáles son los destinos más restrictivos con la pernocta en autocaravana?
La verdad es que la situación que ha dejado la última reforma normativa es bastante caótica. De hecho, los caravanistas echamos de menos la seguridad que solo puede proporcionar una regulación nacional e internacional más uniforme.
Afortunadamente, la filosofía caravan friendly se va extendiendo progresivamente, por lo que cada vez son más los que nos lo ponen fácil a los amantes del caravaning. Tal es el caso de Peñíscola, Foz, Aínsa, Elciego, País Vasco, Navarra
Aranjuez y la Subbética cordobesa. A nivel europeo, destacan los países escandinavos, Francia, Irlanda y la República Checa.
Lo que queremos que te quede claro es que ningún destino es imposible de visitar en autocaravana. Todo lo que tienes que hacer es seguir las normas y, en la duda, aparcar en los espacios permitidos, a saber: campings y áreas AC.
Galicia
Del Decreto 159/2019, de 21 de noviembre, solo se permite pernoctar con autocaravana en zonas habilitadas para ello por el consistorio, sin que se pueda superar las 24 horas de estancia. Esto por supuesto, no debe desalentar a cualquier viajero que decida visitar Galicia, pues realmente hay muchos lugares donde pernoctar y un gran aprecio por el caravaning.
Cataluña
Aunque Cataluña es de las comunidades más amigables con el caravaning, hemos de tener en cuenta que existen ordenanzas municipales bastante limitantes, como es el caso de la Alta Garrotxa, Montagut i Oix, Sales de Llierca o L'Estartit. Por su parte, el Decreto 75/2020, de 4 de agosto, limita la estancia en áreas AC privadas a 48 horas.
Extremadura
Su Ley 6/2018, de 12 de julio, se muestra restrictiva en lo que respecta a pernoctar con autocaravana fuera de las áreas permitidas. No obstante, esta comunidad autónoma cuenta con bastantes zonas habilitadas, por lo que podremos recorrerla sin problemas.
Andalucía
Su Decreto 26/2018, de 23 de enero, es uno de los más hostiles para los autocaravanistas de toda España. No en vano, prohíbe la pernocta en la vía pública y reconoce la plena potestad municipal a la hora de regular el uso de esta. Por si fuera poco, las sanciones que se prevén son particularmente altas (entre 90 y 60.000 €).
Esta antipatía hacia el caravaning se ve reforzada por la aplicación de la Ley de Costas. El resultado de ello es la dificultad de pernoctar con autocaravana fuera de los espacios habilitados en zonas como Níjar, Cabo de Gata o Caños de Meca.
Valencia
El Decreto 10/2021, de 22 de enero, se lleva la palma a la redacción más confusa de todas las normas. Es más, según su artículo 2.5 considera que “pernoctar fuera de las áreas permitidas” es lo mismo que “acampar”. Por su parte, artículo 37.4 permite sacar mesas para comer... pero prohíbe extraer el toldo para resguardarnos del sol. ¡Todo muy razonable! Aún así no dudes en visitar la zona puesto que si realmente no se molesta donde se decida parar, no debería haber ningún problema.
Ahora que ya conoces todo lo que necesitas saber sobre pernoctar con autocaravana, ya no tienes excusas para disfrutar del caravaning con total tranquilidad. ¿A qué esperas para planificar tu próxima escapada? ¡Alquila una autocaravana con nosotros! Te daremos todos nuestros consejos para que disfrutes a tope y sin líos. ¡Anímate!